Línea de Apoyo Industrial

Descarga la ficha en PDF aquí.

Destino

Inversión y circulante ligado al crecimiento o puesta en marcha de la PYME.
CERSA, a través del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo,  subvenciona a COSTE CERO las comisiones de apertura, estudio y aval y REDUCE hasta el 2,50% el tipo de interés.

Dirigido a

PYMES cuya actividad se desarrolle en el sector industrial, manufacturero y servicios a la industria.
PYMES con naturaleza jurídica que hagan una inversión industrial, aunque no sean industrias.

Condicionantes

Para operaciones formalizadas desde el 01/04/2023 al 31/12/2023.

Las empresas deben cumplir el criterio de no causar perjuicio significativo al medio ambiente.
Consulta actividades y sectores incluidos.
El importe de la subvención no podrá superar el consumo de Fondos Mínimis (máximo 200.000 €).

Consulta toda la información relativa a este programa (en PDF):

Acuerdo entre CERSA y Aválam (01/04/2023)
Listado de actividades y sectores incluidos
Guía de cumplimiento del criterio de actividad sin perjuicio significativo
Declaración de no causar perjuicio significativo y otros compromisos del PRTR (MOD_437)

Importe

Hasta 1.000.000 €.

Plazo

Inversión: entre 3 y 15 años.
Posibilidad de hasta 3 años de carencia.

Condiciones entidad financiera

Tipo de interés: se bonifica hasta el 2,50%.* (Ejemplo: tipo fijo 4,90% – bonificación = 2,40%)
Comisión de apertura: máxima del 0,50 %.*. Con la bonificación es 0%.
Cancelación anticipada: 0%.

(*) Si la operación es elegible, la comisión de apertura y el tipo de interés SE ABONARÁN en la cuenta del préstamo con cargo a la cancelación parcial importe formalizado. En tal caso, el tipo de interés se reduce hasta un 2,50% y la comisión de apertura sería del 0%.

Condiciones AVÁLAM

Coste de aval: 1,20% anual sobre riesgo vivo**. Con la bonificación es 0%.
Comisión de estudio: máxima del 0,50%.**. Con la bonificación es 0%.
Suscripción del 2% del riesgo avalado en participaciones sociales . Reembolsables una vez amortizada la operación.

(**) Si la operación es elegible, el coste de aval y la comisión de estudio no se abonan (0%) al formalizar la operación por estar subvencionadas.

Proyectos elegibles

Nuevo establecimientos industriales si el traslado implica crecimiento de capacidad.
Adquisición de terrenos, con un máximo del 33% del importe de la inversión.
Ampliación de capacidad productiva: maquinaria, instalaciones, etc.
Mejora del sistema productivo.
Gastos de circulante, ligados al crecimiento.
Gastos de circulante, ligados a la puesta en marcha.
Gastos de ingeniería.

Incompatibilidades

La subvención máxima no podrá superar los 200.000 € (Límite Mínimis) ó 2.000.000 € (Marco Temporal Ucrania).

Bonificaciones incompatibles con otras ayudas recibidas para la misma inversión.

Vigencia

Hasta el 31/12/2023 ó fin de fondos.

Más ventajas para nuestros socios. Beneficios Fiscales

Compra-venta: reducción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) del 8% al 1%.
Formalización hipoteca: reducción del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) del 1,5% al 0,10%.
Amplía información acerca de los beneficios fiscales en este enlace.